CAPÍTULO II : LA ASAMBLEA GENERAL Artículo XX : Es la autoridad Suprema de la Asociación y estará compuesta por la totalidad de los asociados debidamente acreditados, siendo de su competencia los asuntos que por su índole o por la indicación legal o reglamentaria, no puedan ser resueltos por la Junta Directiva. Artículo XXI : Tienen derecho a integrar la Asamblea General todos los asociados mayores de edad quienes tendrán derecho a un voto. Los asociados que no puedan asistir, podrás hacerse representar por medio de carta poder a favor de otro asociado. En ningún caso un mismo asociado podrá representar a mas de un miembro ausente. Las personas jurídicas ejercerán sus derechos a través de sus representantes legales o por sus apoderados especiales designados para tal efecto. Artículo XXII : Habrá
dos tipos de Asamblea: Ordinaria y Extraordinaria. La Asamblea
Ordinaria se reunirá una vez al año en los primeros quince días del mes
de marzo a efecto de escuchar los informes de labores del Presidente y
Tesorero de la Junta Directiva, así como de la Fiscalía; elegirá cuando
corresponda a los miembros de los diferentes órganos y resolverá
problemas de su competencia. Extraordinariamente se reunirá cada vez
que la Junta Directiva la convoque, cuando lo solicite en forma
vinculante el treinta por ciento del total de sus asociados, o bien
cuando la Fiscalía lo considere necesario. Las Asambleas tanto Ordinarias como Extraordinarias serán convocadas por medio de la secretaría a través de carta circular con no menos de diez días naturales de anticipación y se considerarán constituidas en primera convocatoria cuando concurran diez asociados con derecho a voto, de no presentarse el mínimo indicado, se reunirá en segunda convocatoria treinta minutos después con el número de miembros presentes que en ningún caso podrá ser menor a los puestos elegibles en los órganos de la Asociación. Artículo XXIII : Tanto en las Asambleas Ordinarias como Extraordinarias legalmente convocadas, los asuntos se aprobarán con no menos de la mitad mas uno de los votos de los asociados presentes, excepto para aquellos casos en los que la Ley o este estatuto se requiera el voto de las dos terceras partes de los asociados presentes en la Asamblea. La convocatoria a Asamblea General deberá contener los puntos a tratar. En las Asambleas Extraordinarias, solo se conocerá los asuntos expresamente indicados en la convocatoria. Artículo XXIV : Las deliberaciones y resoluciones se registrarán en el acta respectiva y se considerarán firmes una vez concluida la reunión. Artículo XXV : Solamente los asociados al día en sus cuotas y afiliados por lo menos con un mes de anticipación a la fecha de la Asamblea, tendrá derecho a votar. Para ser electo deberá de tener como mínimo tres meses de afiliado y estar al día en sus cuotas. Artículo XXVI : Las Asambleas Generales serán presididas por el presidente de la Junta Directiva o su sustituto. El secretario de la Junta Directiva o su sustituto será también el secretario de la Asamblea General. Si no asistieren miembros de la Junta Directiva, se nombrará un Presidente y Secretario Ad-hoc. Artículo XXVII : Son atribuciones de la Asamblea General Ordinaria: a) Elegir cada año a los miembros de la Junta Directiva y Fiscalía pudiendo ser reelectos b) Conocer, aprobar, rechazar o modificar los informes de labores que le brinda la Junta Directiva y Fiscalía c) conocer, aprobar o desaprobar los informes contables y financieros de la Asociación ch) Aprobar o desaprobar los reglamentos que elabora la Junta Directiva d) Conocer y aprobar el presupuesto y el plan de trabajo del año correspondiente e) Acordar la compra y venta de bienes. Artículo XXVIII : Son atribuciones de la Asamblea General Extraordinaria: a) Llenar las vacantes ocurridas por ausencias definitivas en la Junta Directiva o en la Fiscalía b) Reformar el estatuto y reglamentos de la Asociación c) Acordar o no la expulsión de sus asociados ch) Sancionar o destituir de sus puestos a los miembros de la Junta Directiva y Fiscalía por incumplimiento de sus deberes d) Conocer los informes de los cuerpos administrativos o cualquier otro asunto de suma urgencia que no pueda esperar hasta la Asamblea General Ordinaria e) Acordar o no la designación como asociado honorarios f) Acordar la disolución de la Asociación g) Conocer todo lo que no estipule el presente estatuto y que por Ley deba ser aprobado por mayoría calificada, además habrá tantas asambleas generales extraordinarias como fueren necesarias para la buena marcha de la Asociación |
Danzatón 2018 > ¿Como me hago miembro de Anatradanza? > la organización > órganos de la asociación >
asamblea general
Subpáginas (1):
asamblea general de socios 2011